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Sobre el aborto

Sobre el aborto, parte 2*

A partir de aquí, podemos fundamentar nuestra negativa respecto a algunos casos que suelen presentarse como intentos de justificación del asesinato del embrión humano, esto es, el ser humano en los primeros meses de su vida o, incluso, en sus primeros segundos.

Violación

Se dice que la mujer que fue violada tiene «derecho» a abortar. El fin es salvaguardar su honor o no tener un hijo que ella no deseaba. Pero, dado que el fin no justifica los medios (cf. la primera parte: http://institutocrux.org/blog/familia/2019/07/sobre-el-aborto-primera-parte/), no puede violarse el derecho a la vida del nuevo ser, ya que su derecho a la vida emerge de su misma condición de persona y es, por ende, totalmente independiente del modo o de las circunstancias en las que fue realizada su concepción. Luego, la violación no justifica el aborto. Algunos dicen que, en ese caso, la mujer podría pedir la transferencia de la patria potestad, una vez nacido el niño. No negamos esa posibilidad; tampoco la afirmamos rotundamente. Dejemos abierta esa cuestión.

Malformación comprobada

Tampoco hay justificación en este caso. No corresponde al ser humano decidir qué persona vive o muere, según sus mayores o menores defectos. Es gravísimo tratar de tomar el lugar de Dios. Quienes admiten este caso deberían admitir también que es lícito quitarle la vida a un niño deforme ya nacido, y en ambos casos estaríamos en presencia de un asesinato. El derecho a la vida de una persona no está en relación a sus defectos físicos o mentales, por más graves que estos sean. Por más que el fin sea evitar el dolor y el sufrimiento, quitar la vida no constituye un medio lícito para ello, por los motivos expuestos. ¿Cuántas veces, por otra parte, el motivo es justamente una falta de amor, que, de tenerlo, nos presentaría la posibilidad de cuidar a alguien defectuoso como una oportunidad de despliegue del amor más profundo, que no pide, sino que da?[1]

Situación desastrosa de la familia o de los padres

De nuevo, el mismo tipo de argumentación: el derecho a la vida de la persona no está en relación con la situación económica en la que nace. De lo contrario, sería lícito el asesinato de cualquiera de los hijos con ese pretexto. Es más, si el asunto es la situación económica, habría que asesinar al mayor, que es el que consume más. Huelga todo comentario.

Abortos ilegales

Dice este argumento —uno de los más usados— que hay que legalizar los abortos para que estos se realicen en buenos institutos, con buenos profesionales y en correctas condiciones de higiene. Así pues, se evitará el peligro que corren las madres en otros casos. Muy encomiable la preocupación por la madre en este caso, pero eso, nuevamente, no justifica el medio, dar impunidad al asesinato de un inocente. Con el mismo criterio, deberían legalizarse los robos a los bancos para que estos no pongan en peligro la vida de los asaltantes o de los clientes. Recúrrase al medio que se desee para evitar la dramática situación producida por personas que, además de eliminar una vida, ponen en peligro su vida y arruinan su salud; recúrrase al medio que se quiera para la protección de las menores que son engañadas, dañadas o explotadas por inescrupulosos delincuentes, pero jamás se dé libre curso al asesinato de la persona por nacer como solución a esa situación. Ese medio, precisamente, es totalmente injustificado.

Peligro para la vida de la madre

Este caso es ya muy infrecuente, dadas las nuevas técnicas médicas. La cesárea, la sinfisiotomía, etc., han eliminado dramáticas instancias de antaño en el momento del parto. Por otra parte, después del séptimo mes completo, se puede recurrir a la aceleración del parto si hay peligro para la vida de la madre, y hoy, además, existe la posibilidad de reimplantar el embrión en el útero en el caso de embarazo ectópico. Pero, debemos aclarar, si el caso se presentara, no es un medio lícito eliminar directamente una vida para salvar otra vida. En ese caso, además, el no eliminar la vida de la persona por nacer no significa «causar» la muerte de la otra (la madre).

Supongamos que Juan amenaza a María diciéndole que mate a Pedro o, de lo contrario, él (Juan) matará a Roberto. Si María no mata a Pedro —como es lógico—, esta no es la causante de la muerte de Roberto, el causante es Juan. En este caso, María «permite» o «tolera», esto es, no impide (porque ella no puede impedir) que Juan sea el causante del asesinato de Roberto. Luego, queda demostrado que el no matar a la persona por nacer, en esos casos, no es causa de la muerte de otra persona. Por otra parte, no puede decirse que la persona no nacida sea un injusto agresor, frente al cual habría derecho a la defensa legítima. ¿Cómo el embrión o el feto pueden ser culpables de algo? De modo que no pueden ser acusados de injusta agresión. Son absolutamente inocentes. Es más: la persona por nacer es la persona más inocente e indefensa que hay. Reiteramos, sin embargo, que estos casos son muy raros hoy.

Conclusión

Los casos analizados reafirman nuestra tesis: el aborto es un asesinato. No puede hablarse, por ende, del «derecho al aborto». Eso es una absoluta contradicción en términos. No existe un derecho a hacer algo que vaya en contra de un derecho humano fundamental. Tampoco puede encuadrarse dentro del «derecho de la madre a disponer de su propio cuerpo». La madre puede tener el derecho a la ausencia de coacción sobre la disposición de su cuerpo, pero no sobre el cuerpo de otra persona. Tampoco puede encuadrarse el aborto dentro de las «acciones privadas» que no perjudican a terceros, pues el aborto elimina la vida de una persona humana. Luego, está a años luz de una acción privada; al contrario, se encuadra dentro de uno de los delitos más típicos contra terceros: el asesinato.

* Artículo publicado con permiso del autor y dividido en dos partes. Apareció por primera vez en el blog personal del autor el 20-03-2018 y fue republicado en su libro La ideología de género contra las libertades individuales: Hacia la desaparición de la libertad de expresión, de religión y de enseñanza en Occidente (Buenos Aires: Instituto Acton, 2018).


[1] Véase la siguiente carta de una madre, citada por V. Frankl: «Por una deformación prematura de los huesos del cráneo en el vientre materno, cuando mi hijo nació el día 6 de junio de 1929 era ya un enfermo incurable. Yo tenía entonces 19 años. Divinicé a mi hijo y lo amé sin límites. Mi madre y yo hacíamos cualquier cosa para ayudar al pequeño gusano, aunque todo fue en vano. El niño no podía andar, ni podía hablar, pero yo era joven y no perdía la esperanza. Trabajaba día y noche solo para poderle comprar a mi querido gusanito preparados alimenticios y medicamentos. Cuando yo ponía su pequeña y delgada manita sobre mi hombro y le decía: “¿me quieres?”, él se apretaba muy fuerte contra mí, se reía y me ponía torpemente la mano en la cara. Yo era entonces feliz, a pesar de todo, inmensamente feliz». Viktor Frankl, La psicoterapia al alcance de todos: Conferencias radiofónicas sobre terapéutica psíquica (Barcelona: Herder: 2011), 135.

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